Indagaron a la exfiscal Fein por “fallas en la pesquisa” para justificar la hipótesis del homicidio sin encontrar un asesino

La fiscal que investigó la muerte del Alberto Nisman, titular de la UFI AMIA, respondió preguntas y presentó un escrito en el que expuso la operación en su contra. Fustigó la investigación de la dupla Taiano-Ercolini y pidió su sobreseimiento.

25 de febrero, 2026 | 19.34

La indagatoria de la ex fiscal Viviana Fein en el “caso Nisman", que se concretó este martes, es el engranaje necesario que requieren el fiscal Eduardo Taiano y el juez Julián Ercolini para poder sostener que al entonces titular de la UFI AMIA Alberto Nisman lo asesinaron pero que a 11 años del hecho no logran dar con un homicida. ¿Por qué? Porque Fein está acusada de no preservar la escena del crimen y haber echado a perder pruebas (no se indicaron nunca cuáles) razón por la que es presumible concluir que le achacarán a ella que no se haya podido dar con el supuesto asesino de Nisman por “errores en la pesquisa” apenas se inició el caso. Esto sucede cuando no hay ningún elemento serio para sostener con firmeza que al fiscal, que apareció muerto el 18 de enero de 2015 en su baño con un tiro en la sien, lo mataron. Todo lo contrario: hay mayores pruebas para sostener que se trató de un suicidio.

Fein fue indagada el martes. La audiencia se extendió por 4 horas. La fiscal presentó un escrito y respondió preguntas. Estuvieron presentes el juez y el fiscal. Un dato no debe pasar desapercibido: a Fein le realizaron preguntas relativas a su imputación pero también si tras la muerte de Nisman mantuvo una reunión con quien era la procuradora general de la Nación, Alejandra Gils Carbó, es decir su superior. Fein explicó que sí, que se había encontrado con ella, como es normal en un caso de tal magnitud, y que Gils Carbó le ofreció sumar personal para avanzar con la pesquisa. A juzgar por cómo avanza la causa Nisman y sus derivadas no debiera sorprender que la dupla Taiano-Ercolini pretenda ir por Gils Carbó para involucrarla en la disparatada hipótesis criminal que barajan.

En la indagatoria de Fein, que se dio en una causa paralela a la de la muerte de Nisman y que cobró impulso recién en diciembre de 2016, la fiscal presentó un escrito de 22 páginas al que accedió El Destape, en donde expuso la deriva de la causa central y pidió su sobreseimiento porque “se me está imputando una serie de sucesos que no tuvieron lugar”.

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¿Qué sostiene Taiano en su acusación contra Fein?

Que la fiscal cuando accedió al departamento de Nisman “transgredió los aspectos básicos referidos al correcto devenir de una investigación en el lugar del hecho, y no preservó debidamente la escena del crimen. Ello tuvo como consecuencia un perjuicio directo en la posibilidad de determinar algunas de las circunstancias en las que se produjo el homicidio de Natalio Alberto Nisman y las personas que intervinieron en él”. Es decir, no es que no se encuentra al asesino porque no se trató de un homicidio sino porque Fein estropeó la escena del presunto crimen. En esa línea, Taiano afirmó: “El modo en que la fiscal Fein dirigió el procedimiento obstaculizó y demoró lo que luego se pudo demostrar: que el Dr. Nisman fue asesinado. Sin embargo, más allá de haberse probado que se trató de un homicidio y que el plan consistió en simular un suicidio, al día de hoy continúan siendo investigadas sus particularidades.” El fiscal le achaca a su colega que “la forma en que desarrolló sus funciones impactó de manera directa en el curso de la investigación del homicidio del Dr. Nisman e impidió contar con todos los elementos que una escena del crimen puede aportar.”

En su indagatoria, Fein desmoronó la operación en su contra. En el escrito que presentó, la fiscal se defendió contraatacando: “Pareciera que la imputación que se me dirige no es sino la consecuencia de no poder arribar a una determinación precisa de aquello que se investiga en la causa número 3559/2015”, dijo en referencia a la causa en que se investiga la muerte de Nisman. “Así, como en aquella causa no se puede, ni siquiera con el grado de probabilidad que requiere la instancia, arribar a una conclusión coherente acerca de lo sucedido, no puede dejar de suponerse que se pretenda buscar una respuesta a ese fracaso a partir de responsabilizar a aquellos que realizaron la investigación en un primer momento. De lo contrario, ya se habría elevado la causa a la instancia de juicio respecto de las cinco personas procesadas, algo que podría haber sucedido, como mínimo, desde el 1 de junio de 2018 cuando fue confirmado el auto de procesamiento”, añadió en la introducción del documento que presentó a la Justicia.

La muerte de Nisman

En su indagatoria Fein dejó en claro que la hipótesis del asesinato no se sostiene con los elementos de prueba que cuenta el expediente. “Es prematuro arribar a una conclusión precisa, en particular debido a las fuertes falencias que existen respecto de la hipótesis allí escogida, las que contradicen todos los estudios periciales previos”, afirmó la fiscal en el escrito que presentó con su abogado Lucio Simonetti.

“Es claro que las conclusiones a las que arribó la Gendarmería Nacional (prueba n° 125) contradicen los estudios que realizara tanto el Cuerpo Médico Forense, (prueba n° 124) como la Policía Federal (fs. 5421/5518), estudio este último que, curiosamente, no se encuentra dentro de las pruebas que se enumeran en el dictamen por el que se me acusa”, señaló Fein. Es que el estudio que realizó la Gendarmería durante el gobierno de Mauricio Macri –cuando la fuerza dependía de la entonces ministra de Seguridad Patricia Bullrich- es el único de los tres citados que abona a la hipótesis del asesinato. Con una falta de rigor que daría pudor a cualquier especialista en criminalística, en ese peritaje –que no suele realizar la GNA- se sostiene que a Nisman lo drogaron con ketamina y lo mataron dos personas en el baño de su departamento. No explica cómo salieron del lugar del presunto crimen sin dejar una huella ni por qué no hay interrupciones en las manchas de sangre que se dispersan producto del disparo que terminó con la vida del fiscal.

Por el contrario, los estudios del Cuerpo Médico Forense y de la PFA –dos instituciones que se dedican a este tipo de estudios-, invitan a sostener más la hipótesis del suicidio.

Respecto al trabajo realizado por la GNA de Bullrich, Fein afirmó en su escrito: “Es claro que mantener las conclusiones del último estudio supone afirmar que todos los anteriores estaban equivocados, lo que lleva a pensar que todos los profesionales actuantes en aquellos cuerpos periciales carecen de idoneidad, algo que, cuanto menos, supondría poner en duda la eficacia tanto del Cuerpo Médico Forense como de la Policía Federal”.

Fein también se refirió “a la idea del ‘arma amiga’, sobre la que se sostiene toda la hipótesis del auto de procesamiento” que “se aprecia como una teoría algo forzada a partir de que no tiene antecedentes en criminalística”. Es que Taiano tuvo que crear esa explicación para justificar que alguien sea tan torpe como Diego Lagomarsino para poner un arma a su nombre a sabiendas de que se iba a usar para un asesinato. Recordemos: la bala que termina con la vida de Nisman sale del arma que le había llevado Lagomarsino, desarmada, luego de que el fiscal se la pidiera, según declaró el informático que actuaba como “asesor” del fiscal.

También dijo la fiscal que “es errado sostener que mientras estuve a cargo de la instrucción, existió una propensión de mi parte a entender que se trataba de un suicidio, por la simple razón de que, de ser así, hubiera dictaminado en los términos del inciso d) del artículo 213 del CPPN”, es decir, cerrar el caso. Y no lo hizo.

Fein recordó en esa línea que “durante el trámite de la causa realicé todas las medidas de prueba tendientes a demostrar o descartar cualquier hipótesis posible, como por ejemplo el relevamiento de la información económica y financiera de Natalio Alberto Nisman a los Estados Unidos de América, cuya respuesta desconozco, pero que podría haber esclarecido un eventual móvil económico, algo que quizás se hubiera determinado a partir de conocer el contenido de los correos electrónicos de Natalio Alberto Nisman cuestión sobre la que el agente fiscal habría tenido reuniones en ese país hace casi una década pero cuyo resultado se desconoce”. La mención no es casual. Nisman tenía una cuenta en los EE.UU que podría haber complicado su situación patrimonial y la de sus familiares -que fueron investigados por lavado en un expediente al que nunca se le dio gran impulso-. De hecho, tras la muerte del fiscal, el organismo antilavado de los Estados Unidos (Fincen) informó a la Unidad de Información Financiera (UIF) sobre “evidencia de actividad sospechosa” en una cuenta del ex Merrill Lynch en la que figuraba Nisman como apoderado. Era una cuenta que todo indica que no estaba declarada y que estaba relacionada al fiscal, a su madre Sara Garfunkel –la primera en llegar al departamento el día de la muerte del fiscal-, a su hermana Sandra Nisman  y a Lagomarsino.

“Todo ello deja en claro que no puede sostenerse que haya existido ningún tipo de conducta de parte de la suscripta que haya tenido la más mínima intención de entorpecer la investigación de la muerte de Natalio Alberto Nisman”, consideró Fein.

Acto seguido, respondió a cada una de las imputaciones de Taiano.

La respuesta de Fein a las irregularidades que le imputan

Fein respondió punto por punto a la acusación en su contra. Y lo hizo exponiendo la debilidad de lo planteado por Taiano. 

La imputación sostiene que la investigación de Fein estuvo plagada de graves falencias durante todo su desarrollo. Centralmente, Taiano apuntó a:

  • La supuesta deficiente circunscripción de la escena del hecho.
  • La presunta demora en el arribo de la fiscal al departamento de Nisman.
  • La cantidad de personas que hubo en el lugar esa noche.
  • La vestimenta inadecuada que se utilizó durante el procedimiento.
  • La “posible manipulación de la escena del hecho”.

¿Qué respondió Fein? Que “no es cierta la afirmación que surge del dictamen en cuanto a que esas supuestas falencias habrían ‘impactado’ de forma directa en la investigación. Esto se debe, por un lado, a que en el dictamen no se señala ninguna cuestión específica que se haya perdido o dejado de lado durante el procedimiento y, por otro lado, a que, a pesar de todas esas supuestas críticas señaladas, lo cierto es que en caso de haber sido tan ‘letales’ las falencias de la noche del procedimiento no se habría podido arribar a la conclusión hipotética por la que se dictó un auto de procesamiento, más allá de lo endeble que sea”. Es decir: si Fein cometió groseros errores la causa en su totalidad debiera hacer agua y no solo el hecho de no poder identificar al asesino de un homicidio (que todo indica que no sucedió) cuando sí se identificaron a otros partícipes necesarios del presunto crimen. Recordemos que Ercolini dictó procesamientos como el de Diego Lagomarsino y el de los policías encargados de la custodia de Nisman.

Respecto a la “deficiente circunscripción de la escena del hecho y sus consecuencias”, Fein se defendió: “Se trata de una crítica que carece de sentido, la que, además, no tiene anclaje normativo a partir de que no se indica qué regulación legal indicaba que la suscripta y todos aquellos funcionarios que precedieron a mi presencia en el lugar, deberían haber actuado de una forma distinta. En este punto se mencionan dos cuestiones que son criticadas: en primer lugar, un supuesto déficit en la delimitación de la escena del hecho, luego, se hace mención a que se habría pasado por alto una tercera vía de ingreso al departamento de Natalio Alberto Nisman”. “Lo cierto es que todo el departamento de Natalio Alberto Nisman fue revisado en búsqueda de elementos que sirvieran para poder aclarar el hecho. Se puso especial énfasis en el baño donde se encontraba el cuerpo por esa razón elemental pero no puede afirmarse que no se revisó ningún otro ambiente del departamento”, agregó.

A esto se suma que el estado en el que se encontraba el departamento de Nisman fue filmado a los pocos minutos la llegada de la fiscal y “todas las superficies posibles fueron revisadas en búsqueda de huellas dactilares”.

A la hora de criticar a la investigadora de la muerte de Nisman, Taiano dijo que se debería haber considerado “a todo el complejo ‘Le Parc’ como posible escena del hecho”. “Se trata de una idea que carece de sentido, sobre la que no se brinda una explicación razonable en ninguno de los dictámenes en los que fuera expuesta y que omite las dificultades prácticas que ello hubiera tenido”, señaló Fein.

¿Por qué Taiano considera a todo el complejo como escena del crimen? Porque, de forma disparatada, considera posible que aquel o aquellas personas que habrían intervenido en el supuesto asesinato de Nisman “… podría haberse retirado del complejo con los interventores ya trabajando en el lugar.” En su escrito, Fein señaló al respecto: “La crítica que se efectúa se centra en la posibilidad de que aquellos que habrían intervenido en el supuesto asesinato, luego de haberlo cometido a las 2:46 tal como indicó Gendarmería, se hubieran quedado escondidos en algún lugar del complejo casi un día entero en vez de irse rápidamente sin llamar la atención, como hubiera hecho cualquier persona luego de cometer un supuesto delito de esa magnitud”. “Más allá de mostrar su diferencia de criterio sobre la forma en la que habría realizado el operativo en caso de haber estado a cargo, el agente fiscal no logra explicar de ninguna forma sensata qué consecuencias reales habría tenido ello, con excepción de una conjetura irracional acerca de la permanencia de los autores del hecho en el complejo más de veinticuatro horas luego de haber realizado su cometido”, consideró.

Es tan disparatada la hipótesis de Taiano que Fein indicó que “sería útil, en caso de ser necesario, que se requiera información a distintas policías del país para constatar cómo es el proceder habitual en los casos de homicidios que tengan lugar en un departamento, esto es, si son revisados e inspeccionados los edificios en su totalidad…”.

Sobre la demora que Taiano le achaca a Fein en llegar a la escena del presunto crimen, la exfiscal contestó: “Es curioso que se señale que la demora en arribar al departamento que habitaba Natalio Alberto Nisman suponga una conducta ilícita ya que un agente fiscal ni siquiera se encuentra obligado a concurrir a procedimientos de ese tenor, por complejos o sencillos que éstos sean”. Y agregó: “Lo cierto es que, más allá de no haber ninguna obligación de mi parte de concurrir al lugar del hecho, fui”. Dijo que demoró una hora y media  y se preguntó “porque el dictamen no lo explica, cuánto habría sido una demora razonable”. “Se trata de un cuestionamiento que sólo puede tildarse de innecesario que, además, ni siquiera se encontraba presente en aquel dictamen de diciembre de 2016 donde el agente fiscal me imputó”.

Taiano criticó a Fein “la gran cantidad de gente que desfiló sin motivo aparente por el interior del departamento fue alarmante. El flujo de personas que circuló sin ningún tipo de justificación fue extremadamente elevado y no se corrigió este escenario en el transcurso de todo el procedimiento.” Respondió la fiscal: “El error del dictamen se aprecia a partir de que se habla de ‘…un inevitable riesgo de que se borren huellas, se pierdan rastros u otro tipo de evidencia de utilidad para el esclarecimiento de la verdad y la identificación de los autores.’ (pág. 185), pero en los párrafos siguientes, cuando debería señalarse cuáles habrían sido los supuestos elementos de prueba que se habrían perdido, sólo se hacen afirmaciones vagas o que no tiene nada que ver con la afirmación original”.

Fein critica que “se efectúa una afirmación carente de precisión ya que no se describe qué pruebas o evidencias podrían haberse borrado o perdido, sino que sólo se conjetura que ello podría haber sucedido”. Dijo que “la falta de una explicación sobre el punto denota la falta de rigor de la imputación”.

La fiscal también afirmó que Taiano no explica que de todas las personas que ingresaron en el departamento Nisman “una importante cantidad de ellas estuvieron en el interior bastante tiempo antes que la suscripta tuviera intervención en el suceso, como, por ejemplo, la querellante y su amiga Marta Chagas, por lo que su presencia en el departamento es algo que no me puede ser reprochado”. La querellante es Sara Garfunkel, la madre de Nisman.

En pos de dejar en claro que el procedimiento no tuvo ningún inconveniente, Fein solicitó “sean citados a prestar declaración testimonial los agentes de la unidad criminalística móvil de la Policía Federal que actuaron aquella noche, quienes podrán explayarse no sólo sobre el procedimiento en cuestión sino también sobre el protocolo de actuación y que expliquen qué evidencias o pruebas pueden encontrarse y de qué forma la presencia casi estática de un individuo podría llegar a ‘contaminar’ un lugar”.

Sobre la “vestimenta adecuada para este tipo de labor” que le reprochó Taiano a Fein, la fiscal dijo que el cuestionamiento que se le achaca “incurre en dos errores ya que, por un lado, no explica por qué es obligación de la funcionaria judicial o del ministerio público fiscal dirigir cuestiones técnicas de un procedimiento y supervisar la forma en la que funcionarios que no están bajo su mando trabajan, y, por otro lado, tampoco se afirma en qué habría ‘impactado’ en el resultado del procedimiento, esto es, qué prueba o evidencia se habría perdido.”

“Lo cierto es que todas las críticas que se hacen en el dictamen del agente fiscal referidas al levantamiento de rastros se hacen sin ningún tipo de rigor técnico, sin hacer referencia a lo actuado en el expediente -lo que se refleja en las citas de la causa que se ven en el párrafo anterior- y, lo que es más grave, le atribuyen a la suscripta la responsabilidad técnica por ello, cuando no es una función propia del Ministerio Público de acuerdo a lo establecido en el artículo 184 del CPPN”, sumó Fein.

En lo que hace a la “manipulación de la escena” Fein dice que es “una crítica incorrecta”. E interroga “cómo fue posible que no sólo la suscripta sino también el resto de los funcionarios judiciales, de la Policía Federal y de la Prefectura Naval Argentina no hayan evitado la ‘contaminación’ de la escena o que ninguno de ellos, en particular el juez a cargo, tampoco se haya mostrado contrario a las directivas que indiqué esa noche o haya declarado algo que dé a entender que se había realizado algo de manera irregular en el procedimiento esa noche”.

“Se aprecia –dice Fein- que todas las críticas que se efectúan sobre lo actuado por la suscripta carecen de toda precisión, se encuentra refutadas en muchas partes del expediente sobre la base de otros elementos de prueba y, como si ello ya no fuera suficiente, tampoco le pueden ser imputadas a la suscripta”.

En esa sintonía se preguntó “cómo toda una inmensa cantidad de jueces y fiscales que intervinieron de forma previa en la causa no advirtieron todas estas irregularidades” que señala Taiano. Recordó, por ejemplo, que el “Fiscal General Ricardo Saenz –quien está enrolado en la hipótesis del homicidio– señaló en una intervención ante la Sala VI de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional que nada tenía que objetar a lo actuado por la suscripta”.

Para cerrar, Fein señaló que “la única verdad es que las conclusiones a las que se arribó en el auto de procesamiento dictado en la causa número 3559/2015 se construyeron sobre la base de las pruebas realizadas la noche del procedimiento que ahora se cuestiona”.

Y concluyó con un duro cuestionamiento a Taiano: “El problema de este dictamen es que en ningún momento explica de qué forma no se habría preservado la escena del supuesto crimen y mucho menos cómo habría ello ‘impactado’ en la investigación del suceso. Se trata de una pregunta que el dictamen no contesta, lo que puede llevar a pensar que la imputación que se me dirige es sólo una conjetura construida no sobre el impacto que se alega sino sobre la impotencia en poder arribar a una conclusión algo más sensata en el marco de la causa número 3559/2015.” Esto es: si Taiano y Ercolini no encuentran a un asesino puede que no sea porque Fein trabajó mal sino porque es muy factible que no haya existido un homicida.

Ahora el juez Ercolini deberá analizar las respuestas de Fein, definir si convoca a nuevas indagatorias y luego resolver la situación procesal de los imputados. 

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Franco Mizrahi

Especialista en periodismo de investigación. Columnista de Fuerte y al medio (El Destape Radio, FM 107.3). Trabajó en el diario Tiempo Argentino y en la revista Veintitrés. Colaboró en El Cohete a la Luna, Nuestras Voces, Infojus, revista Contraeditorial y Acción. Editó los libros “Macri el año perdido”, de Roberto Caballero (Planeta); y “Radiografía de la corrupción PRO” (Planeta).