Tras la promulgación de la reforma laboral, el Banco Central definió el mecanismo que se utilizará para calcular la tasa de interés aplicable a los juicios laborales pendientes. La medida estandariza el cálculo de intereses en litigios entre trabajadores y empleadores y forma parte de la implementación de la Ley recientemente sancionada.
El Central estableció cuál será la tasa pasiva que se aplicará a los juicios laborales en curso, en línea con lo dispuesto por el artículo 55. La referencia elegida corresponde al promedio ponderado de la tasa efectiva diaria que pagan los bancos por los depósitos a plazo fijo en pesos a 30 días.
Juicios laborales: de dónde sale el nuevo cálculo
Esta serie estadística, que será utilizada como base para calcular los intereses en litigios laborales, tiene datos históricos desde el 3 de junio de 1993 y se actualizará de forma diaria. El objetivo, según el comunicado, es "unificar criterios y dar previsibilidad a la actualización de montos en causas laborales, un aspecto que durante años generó diferencias entre tribunales y controversias entre empresas y trabajadores".
Como complemento a la definición de la tasa, el ente monetario también habilitó una calculadora digital para juicios laborales, disponible en sus canales institucionales. El sistema permite estimar la actualización de un crédito laboral ingresando dos variables básicas:
- El monto inicial de la deuda
- El período sobre el cual se aplica la actualización
Con esa información, la herramienta calcula automáticamente el monto actualizado aplicando la tasa pasiva determinada.
Además, el sistema incluye otras referencias previstas por la normativa vigente. Entre ellas, muestra el resultado del ajuste utilizando el Coeficiente de Estabilización de Referencia (CER) más una tasa efectiva anual del 3%, así como el equivalente al 67% de ese cálculo, parámetros que funcionan como techo y piso para determinar los intereses en estos procesos judiciales.
Desde el La Libertad Avanza sostienen que la fijación de una tasa homogénea contribuye a reducir la incertidumbre jurídica y los costos asociados a los conflictos laborales, mientras que sectores sindicales y especialistas en derecho del trabajo advierten que el nuevo esquema podría afectar el valor final de los reclamos de los trabajadores.
La disponibilidad pública de estos datos permitirá que abogados, empresas, trabajadores y jueces utilicen la misma referencia, lo que podría reducir controversias en la etapa de liquidación de las sentencias. Con la disolución del fuero laboral, los resultados difícilmente serán beneficiosos para los empleados.
Qué es el FAL y cómo cambia el pago de indemnizaciones laborales
El Gobierno oficializó la reforma laboral que pone en marcha el Fondo de Asistencia Laboral (FAL), un nuevo mecanismo que modifica la forma en que las empresas financian las indemnizaciones en el sector privado. El sistema ya se encuentra vigente y establece un esquema de aportes mensuales a cuentas individuales destinadas a cubrir eventuales desvinculaciones laborales.
El FAL introduce un cambio relevante en la lógica del pago de indemnizaciones. En lugar de afrontar el costo completo al momento del despido, el nuevo esquema propone un sistema de capitalización progresiva. Esto significa que las empresas deberán realizar aportes periódicos que se acumulan en una cuenta específica para respaldar esas obligaciones futuras.
MÁS INFO
Cada empleador deberá abrir una cuenta individual en una entidad autorizada por la Comisión Nacional de Valores (CNV). Los fondos depositados en esas cuentas serán inembargables y estarán separados del patrimonio general de la empresa.
La gestión del dinero quedará a cargo de entidades privadas habilitadas para administrar estos fondos. En ese marco, el Estado nacional no tendrá responsabilidad sobre la disponibilidad ni sobre la suficiencia de los recursos acumulados.
El saldo reunido en el FAL solo podrá utilizarse para afrontar obligaciones vinculadas con la finalización de una relación laboral, conforme a lo previsto por la Ley de Contrato de Trabajo de Argentina y la Ley del Régimen de Trabajo Agrario de Argentina.
Por otra parte, la Secretaría de Trabajo aclaró que si un trabajador renuncia o se jubila, los fondos acumulados no se transfieren al empleado ni se pierden. En esos casos, el dinero permanece dentro del fondo común de la empresa y podrá utilizarse para cubrir futuras contingencias laborales de otros trabajadores.
