En las últimas horas la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) comunicó al eliminación de la limitación de la CUIT para quienes no respondieron controles electrónicos.
Desde la ex AFIP marcaron que esta medida destraba la facturación y cambia la lógica del control fiscal y que a partir de esta semana miles de contribuyentes dejan atrás una de las sanciones más cuestionadas del sistema tributario argentino.
A partir de la la resolución general 5832, ARCA sostuvo que busca armonizar las normas de control vigentes tras la reciente implementación del "Programa de Promoción del Cumplimiento Voluntario".
Hasta la semana pasada, aquellas personas que no respondían a los requerimientos o fiscalizaciones electrónicas bajo el sistema SIACE quedaban sujetos a la limitación de su CUIT. Esto significaba que dichos contribuyentes no podían hacer operaciones básicas como emitir facturas o presentar declaraciones juradas. Con el nuevo esquema se busca incentivar el cumplimiento espontáneo.
Remarcaron desde la entidad que se trataba de una doble penalización: además de la falta o demora original, el contribuyente quedaba prácticamente bloqueado, incluso cuando intentaba regularizar su situación.
El cambio que realizó ARCA sobre la CUIT
En la nueva norma se señala que el Programa de Promoción del Cumplimiento Voluntario no contempla la limitación de la CUIT ante la falta de respuesta a los requerimientos electrónicos, habiendo cesado la causal que sustentó dicha limitación. Esto significa un alivio administrativo para los contribuyentes que se encontraban bajo procesos de fiscalización electrónica por parte de ARCA.
Esto responde a una reconfiguración normativa que había quedado inconclusa. El antiguo Sistema de Acciones de Control Electrónico (SIACE) permitía aplicar esa sanción, pero fue reemplazado por el Programa de Promoción del Cumplimiento Voluntario, que apunta a inducir la regularización sin bloquear la actividad económica. Esta medida beneficia a
- Monotributistas
- Trabajadores independientes
- Pymes
- Profesionales
- Empresas que tenían su CUIT limitada únicamente por este motivo
De todas maneras, la CUIT puede verse afectada por otras causales previstas como la falta de constitución del Domicilio Fiscal Electrónico, inconsistencias en el domicilio fiscal declarado o la falta de presentación de declaraciones juradas determinativas.
En esa línea, los incumplimientos serán considerados dentro del Sistema de Perfil de Riesgo (SIPER) y pueden influir en cuestiones importantes como la categoría fiscal asignada, la probabilidad de controles futuros, y el acceso a determinados beneficios o facilidades. Por este motivo es importante remarcar que el enfoque cambia, pero el control de ARCA no desaparece.
