ARCA: Los límites para las transferencias en julio

Hay que tener en cuenta los montos máximos permitidos para evitar las investigaciones de la exAFIP.

03 de julio, 2026 | 04.15

Comienza un nuevo mes y la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) y continúan los controles sobre las transferencias que realizan los usuarios, ya sea a través de las aplicaciones de los bancos como de las billeteras virtuales, por lo cual es clave saber cuáles son los límites permitidos en julio de 2026

El objetivo del régimen establecido por la exAFIP es monitorear operaciones de mayor volumen y fortalecer los mecanismos de fiscalización tributaria. Superar ciertos montos acumulados puede derivar en reportes automáticos al organismo y, eventualmente, en pedidos para justificar el origen de los fondos.

En la práctica, esto significa que determinadas transacciones que superen los montos establecidos deben ser informadas automáticamente por las entidades al organismo recaudador. La medida no implica que las operaciones estén prohibidas ni que generen sanciones de manera automática, pero sí pueden ser objeto de controles posteriores para verificar el origen y la legalidad de los fondos.

Uno de los aspectos que suele generar confusión entre los contribuyentes es que no existe un límite en la cantidad de transferencias que una persona puede realizar. Lo que ARCA observa es el monto total acumulado durante el mes. Por ese motivo, varias operaciones pequeñas pueden terminar superando los topes previstos y activar el régimen de información.

Los valores vigentes que despiertan los controles de ARCA

En julio de 2026, los umbrales que estableció la exAFIP son los siguientes:

  • Transferencias y acreditaciones: hasta $ 50.000.000 mensuales.
  • Extracciones en efectivo: hasta $ 10.000.000 mensuales.
  • Saldos bancarios al cierre de mes: hasta $ 50.000.000.
  • Plazos fijos: hasta $ 100.000.000.
  • Tenencias en sociedades de bolsa: hasta $ 100.000.000.
  • Compras como consumidor final: hasta $ 10.000.000 mensuales.
  • Pagos de cualquier tipo: hasta $ 50.000.000 mensuales.

En tanto las personas jurídicas tienen los siguientes límites:

  • Transferencias y acreditaciones: hasta $ 30.000.000 mensuales.
  • Saldos bancarios al cierre de mes: hasta $ 30.000.000.
  • Plazos fijos: hasta $ 30.000.000.
  • Pagos de cualquier tipo: hasta $ 30.000.000 mensuales.

Desde el organismo recuerdan que el hecho de superar estos montos no implica automáticamente una irregularidad fiscal. Sin embargo, puede derivar en requerimientos para acreditar el origen del dinero mediante documentación respaldatoria, como recibos de sueldo, facturación, contratos de compraventa, declaraciones impositivas, certificados contables u otros comprobantes que justifiquen la operación.

El régimen de información forma parte de los mecanismos permanentes de fiscalización que ARCA utiliza para detectar inconsistencias entre los movimientos financieros y la situación tributaria de personas y empresas

Pasar estos límites puede activar las alertas de ARCA.