Cada fin de año, el pago del Sueldo Anual Complementario (SAC), conocido como aguinaldo, concentra la atención de trabajadores y jubilados en todo el país. Se trata de un ingreso obligatorio, tanto en el sector privado como en el público, cuya cancelación en tiempo y forma está regulada por la ley y supervisada por el Estado, dada su incidencia directa en la economía familiar hacia el cierre del año.
De acuerdo con la Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744, la fecha límite para abonar la segunda cuota del aguinaldo correspondiente al semestre julio-diciembre es el 18 de diciembre de 2025. En caso de que esa jornada no sea laborable, la normativa establece que el pago debe adelantarse al último día hábil anterior.
La legislación contempla además un margen administrativo de hasta cuatro días hábiles posteriores para que el monto quede efectivamente acreditado en la cuenta del trabajador. De este modo, el plazo máximo se extiende hasta el 24 de diciembre de 2025, sin que ello implique un incumplimiento por parte del empleador.
El respeto de estas fechas es obligatorio. Si el aguinaldo no se paga dentro de los plazos establecidos, el trabajador tiene derecho a realizar una denuncia ante la autoridad laboral o su sindicato, lo que puede derivar en sanciones económicas para la empresa o el organismo empleador.
La ley alcanza a todas las personas que trabajan bajo relación de dependencia, ya sea en el ámbito privado, en la administración pública, en el sector rural o en el servicio doméstico registrado. También incluye a jubilados y pensionados del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA), quienes perciben el aguinaldo bajo la denominación de Prestación Anual Complementaria.
Quiénes tienen derecho a cobrar el aguinaldo
El SAC corresponde a todas las personas que trabajan bajo relación de dependencia, ya sea en empresas, en la administración pública, en el sector rural o dentro del servicio doméstico formal. La normativa también incluye a jubilados y pensionados del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA), quienes lo perciben en fechas equivalentes como Prestación Anual Complementaria.
Quedan excluidos los monotributistas, trabajadores autónomos y quienes desarrollan actividades independientes, salvo que exista una norma especial que los incorpore. Los pasantes o practicantes solo acceden si los convenios de su modalidad educativa o laboral lo prevén expresamente.
El derecho al aguinaldo no se reduce por vacaciones, licencias pagas, enfermedad justificada ni suspensiones con goce de salario. Si se produce una desvinculación laboral —ya sea despido, renuncia o finalización del vínculo— el empleador debe pagar una parte proporcional según el tiempo efectivamente trabajado durante el semestre.
Cómo se calcula el aguinaldo
La ley argentina establece que el SAC equivale al 50% del salario mensual más alto percibido durante los seis meses previos, incluyendo sueldo básico, comisiones, horas extra y demás conceptos remunerativos habituales.
En el recibo se detalla el monto bruto y luego se aplican los descuentos obligatorios: jubilación (11%), obra social (3%), PAMI (3%) y, si corresponde, la contribución sindical. En el caso de ingresos variables, se toma el mes con mayor remuneración como referencia.
Para jubilados, la ley 24.241 aplica el mismo criterio: el aguinaldo se calcula sobre la mitad del haber mensual más alto del semestre anterior. Los bonos extraordinarios no forman parte del cálculo, salvo decisión oficial.
