La Justicia definió que un hombre deberá pagarle una indemnización a su hijo biológico por no haberlo reconocido a tiempo y ocasionarle daños psicológicos. El monto será de 4.520.000 pesos más intereses y actualización por inflación, según definió el Juzgado en lo Civil y Comercial n.º 1 de Quilmes.
La demanda se impulsó por falta de reconocimiento paterno. De acuerdo a la demanda, sus padres se conocieron en la adolescencia y que la relación continuó incluso después de que el demandado se casó con otra persona y tuvo un hijo. De acuerdo al sitio Tiempo Judicial, el demandante describió que la falta de reconocimiento le generó “sensación de discriminación frente a sus hermanos” en ámbitos familiares, escolares y laborales
El joven, de más de 30, aseguró que tras la muerte de su abuela materna y frente a una situación económica complicada, su madre le pidió ayuda a su padre biológico sin éxito. Al no haber obtenido el reconocimiento, decidió elevar la demanda en 2018 con la solicitud de una indemnización por daño moral, psicológico y material.
Si bien el demandado aseguró que mantuvieron contacto hasta que iniciaron las demandas judiciales, el proceso incluyó declaraciones de testigos, pericias psicológicas y documentación de reclamos de filiación previos. Así, se determinó que era el padre biológico y que no había estado presente en su vida.
Qué definió la Justicia: por qué el joven recibirá más de 4 millones de pesos
La Justicia contempló las normativas locales e internacionales y señaló que el derecho a la identidad y la filiación son necesarios para la personalidad de las personas. Ante esto, definió que la omisión del padre es un obrar ilícito y que no corresponde con la responsabilidad civil.
El fallo determinó una indemnización de 4 millones por daño moral y 520.000 por daño psicológico, con intereses anuales del 6%. Sin embargo, no se otorgó resarcimiento por daño material, ya que no se compró un perjuicio económico directo.
