Tras haber sido elogiada por el presidente Javier Milei en el Foro Económico de Davos, la ministra Sandra Pettovello sufrió un nuevo revés judicial. El Juzgado de Feria de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo Federal le exigió, mediante una resolución, incorporar a los comedores barriales que ya fueron relevados dentro del programa Alimentar Comunidad, o garantizarles de alguna manera la mercadería necesaria para funcionar, así como también relevar los centros comunitarios que no fueron relevados hasta ahora.
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La resolución por un lado se enfoca en los comedores comunitarios que sí fueron relevados. El juez aclara que su orden original solo exigía realizar un relevamiento -es decir, verificar su existencia y funcionamiento- y no otra cosa. Sin embargo, a partir de ese relevamiento, ahora exige que el Ministerio explique y pruebe de manera fehaciente cómo se está garantizando el derecho alimentario de las personas que asisten a esos comedores, para lo cual le fijó a la cartera de Pettovello un plazo de cinco días.
En concreto, la resolución ordena al Ministerio de Capital Humano que, en ese plazo, informe y acredite de manera fehaciente de qué forma se garantiza el derecho alimentario de las personas que asisten a los comedores comunitarios, y que indique además en detalle si esos espacios reciben asistencia estatal directa o si, como consecuencia del relevamiento realizado, fueron incorporados a alguno de los programas alimentarios vigentes, como es el programa Alimentar Comunidad.
La resolución también aborda la situación de los espacios socio-comunitarios que no pudieron ser relevados en una primera instancia. En ese caso, el tribunal tomó nota de las explicaciones brindadas por el representante del ministerio, pero igualmente ordenó que esos lugares sean verificados en un nuevo plazo de diez días, con el objetivo de cumplir íntegramente una orden judicial previa que aún no fue satisfecha.
Qué pasará con los comedores que Capital Humano no quiso relevar
En cuanto a los espacios comunitarios que no pudieron ser relevados, el tribunal dispuso un nuevo plazo de diez días para el relevo total de los comedores que quedaron afuera, con el objetivo de cumplir con lo que ya se había ordenado previamente y el Ministerio no cumplió.
Uno de los puntos más duros del fallo es que la Justicia deja en claro que esta obligación rige independientemente de los criterios de elegibilidad que aplique el Ministerio. Subrayaron además que la garantía del derecho a la alimentación no puede quedar supeditada a decisiones internas del organismo, sino que debe ser demostrable y efectiva.
