La reforma laboral obtuvo la aprobación en la Cámara de Diputados, tras haber sido votada previamente en el Senado, y avanza ahora hacia una nueva revisión en la Cámara Alta antes de su eventual promulgación por el Poder Ejecutivo. Entre los capítulos que no sufrieron grandes modificaciones se encuentra el referido a los trabajadores de plataformas digitales como Uber, Rappi, PedidosYa y Cabify, entre otras.
El proyecto incorpora una figura específica: el “prestador independiente de plataformas tecnológicas”, definido como la persona que brinda servicios de reparto o movilidad a través de aplicaciones, de manera autónoma y sin relación de dependencia.
El texto aclara que la actividad no implica vínculo laboral ni subordinación con la empresa que administra la aplicación. Sin embargo, establece obligaciones tanto para los trabajadores como para las plataformas.
Entre los principales cambios, se reconoce la libertad de conexión: los prestadores podrán decidir cuándo conectarse, cuánto tiempo permanecer activos y en qué aplicaciones operar, sin exclusividad ni frecuencia mínima obligatoria. También podrán aceptar o rechazar pedidos sin necesidad de justificar su decisión. Asimismo pueden elegir el medio de transporte -bicicleta, moto, auto u otro vehículo habilitado- siempre que cumplan con las normas vigentes.
La reforma laboral no cumple con las necesidades básicas que demandan los repartidores de plataformas
Con la reforma laboral, los trabajadores de plataformas seguirán sin tener beneficios reales y significativos para un trabajo en el que diariamente deben poner el cuerpo, el combustible, el Internet del celular, el mantenimiento del vehículo, el seguro y el pago mensual del monotributo.
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Cambio en los algoritmos de las plataformas
Uno de los puntos centrales es el acceso a la información sobre los criterios de categorización y asignación de servicios. Las plataformas deberán comunicar de forma clara cómo se agrupan y valoran los pedidos, con el objetivo de aportar mayor transparencia en la relación digital. Además, deberán ofrecer capacitaciones gratuitas sobre el uso de la infraestructura tecnológica y sobre seguridad vial, asumiendo los costos de estos programas formativos.
Obligaciones para las plataformas Uber, Pedidos Ya, Rappi y otras
El nuevo marco establece que las empresas deberán:
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Brindar información suficiente para que el prestador pueda aceptar o rechazar un servicio.
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Respetar la libertad de conexión.
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Facilitar elementos de seguridad vial.
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Ofrecer canales digitales de atención y mecanismos de reclamo accesibles.
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Garantizar un seguro de accidentes personales que cubra fallecimiento accidental, incapacidad permanente, gastos médicos y costos funerarios.
Obligaciones para los trabajadores
Por su parte, los prestadores independientes deberán:
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Estar inscriptos ante las autoridades fiscales.
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Cumplir con sus aportes tributarios y de seguridad social.
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Realizar pagos que les permitan acceder a la Prestación Básica Universal (PBU), retiro por invalidez o pensión por fallecimiento.
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Contar con cuenta bancaria o billetera electrónica (CBU o CVU) informada a la plataforma.
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Respetar las normas de tránsito.
Derechos específicos reconocidos
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Rechazar pedidos sin penalización automática.
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Interrumpir el uso de la aplicación sin previo aviso.
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Solicitar la portabilidad de sus datos.
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Conservar el 100% de las propinas otorgadas por los usuarios.
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Elegir recorridos y horarios según su conveniencia.
El capítulo mantiene el principio de autonomía como eje central, aunque introduce obligaciones formales y coberturas mínimas. Esto se da en un contexto en el que, según estudios privados, un repartidor necesita cientos de pedidos mensuales para alcanzar la canasta básica.
