La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) oficializó los nuevos valores que deberán abonar los trabajadores autónomos desde julio de 2026. La actualización alcanza también a los regímenes especiales, jubilados que continúan en actividad y afiliados voluntarios, y se aplica en línea con la movilidad previsional.
La modificación de la ex AFIP responde al mecanismo de actualización mensual establecido por la normativa vigente, que toma como referencia la movilidad previsional aplicada por la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses).
Cuánto pagan de cuota los autónomos a partir de julio
Los nuevos importes comenzaron a regir para los períodos devengados desde mediados de junio y se reflejarán en los pagos que los contribuyentes realicen durante julio. Para las categorías generales de trabajadores autónomos, los valores quedaron establecidos de la siguiente manera:
- Categoría I: $72.446,22
- Categoría II: $101.423,15
- Categoría III: $144.891,15
- Categoría IV: $231.825,74
- Categoría V: $318.759,14
La actualización alcanza además a quienes desarrollan actividades consideradas diferenciales o de mayor riesgo, que cuentan con regímenes previsionales específicos y realizan aportes superiores.
En esos casos, los nuevos valores son:
- Categoría I' (prima): $79.238,05
- Categoría II' (prima): $110.931,57
- Categoría III' (prima): $158.474,70
- Categoría IV' (prima): $253.559,40
- Categoría V' (prima): $348.642,81
ARCA también informó los nuevos importes correspondientes a otros grupos contemplados por la normativa previsional:
- Afiliados voluntarios y menores de 21 años: $72.446,22.
- Jubilados que continúan desarrollando actividad autónoma: $61.126,50.
- Amas de casa adheridas al régimen reducido de la Ley 24.828: $24.903,39.
La actualización también alcanza a los contribuyentes que permanecen encuadrados en las categorías históricas vigentes hasta febrero de 2007. En esos casos, los aportes varían según la categoría registrada y van desde $56.505,92 para la categoría A hasta $869.337,39 para las categorías I y J.
Cabe recordar que el esquema de cálculo cambió a partir del Decreto 274/2024. Hasta comienzos de ese año, los aportes de los trabajadores autónomos se ajustaban cuatro veces al año. Con la modificación normativa comenzaron a actualizarse todos los meses en función de la evolución del Índice de Precios al Consumidor (IPC).
Como consecuencia de ese mecanismo, los valores correspondientes a julio registraron un incremento del 2,58 por ciento, el mismo porcentaje aplicado este mes a las jubilaciones y al resto de las prestaciones del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA). Ante este nuevo ajuste, ARCA recomendó a los trabajadores autónomos verificar la categoría en la que se encuentran inscriptos para conocer el monto exacto que deberán abonar.
