El TJUE confirma el derecho de los países de la UE a prohibir cultivos genéticamente modificados

05 de febrero, 2026 | 07.22

Los miembros de la Unión Europea tienen derecho a prohibir ‍el cultivo de ⁠productos genéticamente modificados en parte o en la totalidad de su territorio, según dictaminó el jueves el máximo tribunal de la UE.

El asunto llegó al tribunal después de que un agricultor italiano plantara maíz modificado genéticamente, el MON810 de Monsanto, a ‌pesar de la prohibición italiana. ⁠Las autoridades italianas ordenaron ⁠al agricultor que destruyera las plantas y le impusieron una multa de 50.000 euros (58.940 ‍dólares).

El agricultor impugnó la orden y la multa ante los tribunales ⁠italianos, que solicitaron al ‌Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) un dictamen sobre si la prohibición infringía la libre circulación de mercancías y la libertad de empresa de ‌la ‌UE, así como los principios de no discriminación y proporcionalidad.

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El tribunal de la UE consideró que el procedimiento, vigente desde 2015, que permite ​a los miembros de la UE solicitar la prohibición del cultivo de productos genéticamente modificados sin ninguna justificación específica, y suponiendo que el titular de la autorización no se opusiera, no era contrario al Derecho ‍de la UE.

También consideró que esto no infringía el principio de proporcionalidad y no discriminaba a los agricultores de los diferentes Estados miembros de la UE.

El TJUE consideró ​que la prohibición no infringía el principio de libre circulación de mercancías, ya que no ​impedía la importación de productos con productos genéticamente modificados, ni impedía a ⁠los consumidores comprar dichos productos.

(1 dólar = 0,8483 euros)

Con información de Reuters