La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) aplica controles sobre los movimientos de dinero de las personas y las extracciones en los cajeros automáticos no son la excepción y a partir de ciertos montos la entidad comienza con las investigaciones.
La ex AFIP reforzó los seguimientos y en caso de pasar los límites mensuales puede solicitar una justificación sobre el origen de los fondos. Si no se puede comprobar de dónde vienen, el fisco puede aplicar importantes sanciones.
Cabe aclarar que ARCA no prohíbe retirar dinero ni investiga cada extracción, pero sí existe es un sistema de reporte obligatorio para operaciones relevantes y se toman en cuenta todos los movimientos mensuales.
Cuál es el máximo permitido por ARCA para las extracciones en cajeros
Según la normativa del Gobierno Nacional vigente en mayo de 2026, las extracciones de efectivo deben ser informadas cuando superan los 10 millones de pesos acumulados por mes.
Este límite vale tanto para personas físicas como jurídicas y no necesariamente corresponde a una única operación, si no que el cálculo puede incluir varias extracciones hechas desde cajeros automáticos, ventanilla o distintos canales bancarios dentro del mismo mes.
Además de las extracciones a través de los cajeros, la ex AFIP también controla todas las operaciones de los usuarios, ya sea transferencias bancarias, uso de billeteras virtuales, consumos con tarjetas y demás.
ARCA establece los siguientes límites:
- Transferencias o acreditaciones: El umbral en el que se solicitará información será de $ 50.000.000 para personas físicas y de $ 30.000.000 para personas jurídicas.
- Saldos bancarios a último día del mes: El límite es de $50.000.000 para personas físicas y de $ 30.000.000 para personas jurídicas.
- Transferencias y acreditaciones en billeteras virtuales: Se pueden hacer estas operaciones sin problemas hasta $50 millones para personas físicas y a $30 millones para personas jurídicas.
- Tenencias en sociedades de bolsa: El límite actual es de $ 100.000.000 para personas físicas y de $ 30.000.000 para personas jurídicas.
- Compras de consumidor final: Se podrán hacer compras de hasta $ 10.000.000 sin que ARCA requiera información adicional.
- Pagos: El límite es de $ 50.000.000 para personas físicas y de $ 30.000.000 millones para personas jurídicas.
- Plazos fijos: El monto máximo permitido por la ex AFIP es de $ 100.000.000 para personas físicas y de $ 30.000.000 para personas jurídicas.
Exceder los límites no genera una sanción automática, sino que inicia un proceso de indagación donde el organismo puede requerir documentación que sirva para justificar de dónde salieron los fondos que se movieron.
