De cara a los pagos de marzo de 2026, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) les recordó a los monotributistas que comienzan a regir los aumentos semestrales, tanto en los montos a abonar como los topes de facturación de cada categoría.
La ex AFIP subió los valores de régimen un 14,29 por ciento utilizando como referencia el Índice de Precios al Consumidor (IPC) acumulado del segundo semestre de 2025 y esto aplica sobre los parámetros de categorización como ingresos brutos, alquileres devengados, energía eléctrica consumida, entre otros.
El valor del Monotributo en marzo de 2026
Los pagos mensuales tienen el siguiente valor:
- Categoría A: $42.386,74 (servicios y venta de bienes).
- Categoría B: $48.250,78 (servicios y bienes).
- Categoría C: $56.501,85 para servicios y $55.227,06 para venta de bienes.
- Categoría D: $72.414,10 para servicios y $70.661,26 para bienes.
- Categoría E: $102.537,97 para servicios y $92.658,35 para bienes.
- Categoría F: $129.045,32 para servicios y $111.198,27 para bienes.
- Categoría G: $197.108,23 para servicios y $135.918,34 para bienes.
- Categoría H: $447.346,93 para servicios y $272.063,40 para bienes.
- Categoría I: $824.802,26 para servicios y $406.512,05 para bienes.
- Categoría J: $999.007,65 para servicios y $497.059,41 para bienes.
- Categoría K: $1.381.687,90 para servicios.y $600.879,51 para bienes.
En tanto los topes de facturación tienen estos límites:
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Categoría A: Hasta $10.277.988,13
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Categoría B: Hasta $15.058.447,71
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Categoría C: Hasta $21.113.696,52
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Categoría D: Hasta $26.212.853,42
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Categoría E: Hasta $30.833.964,37
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Categoría F: Hasta $38.642.048,36
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Categoría G: Hasta $46.211.109,37
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Categoría H: Hasta $70.113.407,33
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Categoría I: Hasta $78.479.211,62
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Categoría J: Hasta $89.872.640,30
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Categoría K: Hasta $108.357.084,05
Cabe remarcar que cuando los ingresos anuales superan estos límites, el contribuyente debe abandonar el régimen simplificado e incorporarse al régimen general.
Recategorización de oficio
Además de la recategorización que realizan los contribuyentes dos veces al año, ARCA cuenta con un sistema de recategorización de oficio. Este procedimiento se activa cuando el organismo detecta inconsistencias entre la categoría declarada y los datos fiscales disponibles.
La recategorización automática puede aplicarse si el sistema identifica, por ejemplo:
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Compras o gastos vinculados a la actividad que superen los parámetros de la categoría declarada.
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Adquisición de bienes patrimoniales incompatibles con los ingresos declarados.
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Gastos personales elevados.
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Acreditaciones bancarias superiores al límite anual permitido.
Muchos contribuyentes ya fueron recategorizados de oficio. Para saber si se está en ese grupo hay que entrar a la página de ARCA y revisar el Domicilio Fiscal Electrónico. En caso de ser así, existen distintas opciones para apelar la decisión, pero tiene que ser dentro de los 15 días de haber sido notificados.
