El Gobierno de Javier Milei presentó al Congreso un proyecto de ley para derogar la Ley de Promoción de la Alimentación Saludable Nº 27.642, conocida como la Ley de Etiquetado Frontal, que estableció el sistema de octógonos de advertencias en alimentos y bebidas envasadas. En el mensaje oficial, el Ejecutivo sostuvo que la norma vigente presenta "limitaciones técnicas, regulatorias, operativas y económicas" que justifican su revisión integral. Por su parte, especialistas advirtieron que la derogación sería "un retroceso sanitario" y se encuentran juntando firmas en defensa de la normativa. “El etiquetado frontal es un instrumento clave de política pública para prevenir enfermedades no transmisibles y proteger la salud de la población”, enfatizó.
El Ejecutivo justificó la derogación y afirmó que el modelo de perfil de nutrientes adoptado por la Organización Panamericana de la Salud (OPS) aplicó parámetros generales "de manera homogénea sobre matrices alimentarias diferentes", lo que habría generado confusión en los consumidores. El texto oficial advierte que el sistema vigente puede inducir a "interpretaciones simplificadas o poco precisas" respecto del perfil nutricional integral de determinados alimentos. También señaló que la metodología de cálculo basada en porcentajes energéticos produjo "resultados técnicamente inconsistentes o desproporcionados". Otro argumento de Nación es que la estructura binaria de advertencias redujo los incentivos para la reformulación gradual de productos, dificultando reflejar mejoras parciales.
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El Gobierno también argumentó que ya existe un sistema obligatorio de información nutricional armonizado en el MERCOSUR, que garantiza datos objetivos y verificables sobre los alimentos. Además, cuestionó las restricciones de la ley en publicidad y envases, al considerar que implican "limitaciones relevantes sobre actividades económicas lícitas". En esa línea, subrayaron que la rigidez normativa incorporó parámetros técnicos directamente en la ley, reduciendo la capacidad de adaptación dinámica frente a nuevos consensos científicos.
También se mencionaron asimetrías regulatorias en el MERCOSUR, que incrementaron costos de adecuación y afectaron especialmente a PyMEs. El proyecto aclara que no se eliminan las obligaciones de información nutricional del Código Alimentario Argentino, garantizando datos claros y verificables.
Organizaciones alertaron por el peligro de la derogación: uno por uno, los fundamentos
En contraposición, organizaciones académicas, médicas y de la sociedad civil difundieron un documento en defensa de la ley, reclamando al Congreso rechazar la derogación. Asimismo, recordaron que la ley fue aprobada con amplio consenso político -64 votos afirmativos en el Senado y 200 en Diputados- y alertaron sobre la situación alimentaria del país: 12,6% de sobrepeso infantil en menores de 5 años y más del 25% de obesidad en adultos. En esa línea, instaron a “proteger el derecho a la salud y a la alimentación saludable”, respaldando la normativa con evidencia científica y consenso social.
En diálogo con El Destape, Andrea Graciano, coordinadora de la Cátedra Libre de Soberanía Alimentaria de la Escuela de Nutrición de la Facultad de Ciencias Médicas de la UBA, afirmó que "la Ley PAS garantiza el derecho a la salud y a la alimentación adecuada" y cuestionó el intento de derogación. Advirtió que la medida "sería un retroceso sanitario y un golpe a la prevención de la malnutrición".
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La especialista explicó que la Ley 27.642, más conocida como Ley de Etiquetado Frontal, es en realidad una norma integral de promoción de la alimentación saludable. “Su aspecto más visible es el etiquetado frontal de advertencias, pero contiene múltiples regulaciones. El etiquetado es la puerta de entrada: si un producto tiene aunque sea un sello, no puede comercializarse en escuelas ni publicitarse a niños y adolescentes”, detalló. En ese sentido, subrayó que la norma prohíbe estrategias de marketing habituales de la industria, como el uso de personajes infantiles, celebridades, influencers o logos de sociedades científicas y deportivas.
Graciano también destacó que la ley obliga a declarar los azúcares libres en los envases, información que antes no estaba disponible y que resulta clave para personas con diabetes. Asimismo, recordó que la norma regula las compras públicas, priorizando productos sin sellos cuando existe igual conveniencia, lo que refuerza la protección de la población. “Derogar la ley no solo implica dejar de ver los sellos negros en los envases, sino eliminar todas estas regulaciones adicionales que protegen especialmente a las infancias y adolescencias”, advirtió.
La nutricionista remarcó que la ley argentina es considerada una referencia regional y mundial, redactada sobre la base de la mejor evidencia científica disponible y libre de conflictos de interés. “Nuestra norma capitalizó la experiencia de otros países y está alineada con las mejores prácticas recomendadas por la OPS. De hecho, recientemente se publicó un documento que señala a Argentina, México y Colombia como los marcos normativos más sólidos”, sostuvo. En ese sentido, defendió el modelo de perfil de nutrientes de la OPS, que permite identificar la mayoría de los productos ultraprocesados comercializados en el país.
Graciano recordó que en Argentina las principales causas de enfermedad y muerte son las enfermedades crónicas no transmisibles, cuyo aumento está vinculado al consumo de ultraprocesados. “El modelo de nutrientes de nuestra ley permite visibilizar y regular estos productos, que son responsables de gran parte del problema sanitario”, afirmó. Además, citó un documento de la OPS que advierte que la hipertensión, la hiperglucemia y la obesidad son los tres factores de riesgo más asociados con la mortalidad en la región, todos ellos relacionados con la mala alimentación y el consumo excesivo de azúcares, grasas y sodio. “El etiquetado frontal es un instrumento clave de política pública para prevenir enfermedades no transmisibles y proteger la salud de la población”, concluyó.
